La Organización de las Naciones
Unidas anunció, en 1945, su compromiso de trabajar en pos de la igualdad entre
hombres y mujeres. Debido al aumento de la brecha entre ambos sexos, la
Asamblea General de las Naciones Unidas declaró 1975 como Año Internacional de
la Mujer y decidió la realización de una Conferencia Mundial. La I Conferencia
Mundial de la Mujer sobre la condición jurídica y social de la mujer (México
1975), proclamó el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985).
En este marco, la Asamblea
General de Naciones Unidas aprobó en 1979, la Convención sobre la eliminación
de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en
inglés), y emitió la Declaración de México sobre la igualdad de las mujeres y
su contribución al desarrollo y la paz. Aprobó un plan de acción mundial que
estableció un mínimo de metas para alcanzarlas en 1980, que se centraron en
garantizar el acceso equitativo de la mujer a los recursos.
En 1976, la Asamblea General de
las Naciones Unidas creó el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la
Mujer (Unifem). Éste proporciona asistencia fi nanciera y técnica a estrategias
y programas innovadores para luchar por el empoderamiento de las mujeres y la
igualdad de género.
La II Conferencia Mundial de la
Mujer realizada en Copenhague, Dinamarca en 1980, evaluó el plan de acción
mundial de 1975. Se señaló la disparidad entre los derechos garantizados y la
capacidad de la mujer para ejercerlos. Para alcanzar las metas de igualdad,
desarrollo y paz, la Conferencia estableció tres esferas. Éstas fueron: a) la
igualdad de acceso a la educación; b) las oportunidades de empleo; y c)
servicios adecuados de atención de la salud.
Exhortó a que se adoptaran
medidas nacionales más enérgicas para garantizar el derecho de la mujer a la
propiedad y el control de los bienes, así como mejoras en los derechos a la
herencia, la patria potestad y la no pérdida de la nacionalidad. También se
incitó a que se pusiera fi n a las actitudes estereotipadas en relación con la
mujer. Cuando se convocó a la III Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en
Nairobi, Kenia en 1985, el movimiento a favor de la igualdad entre los sexos
había alcanzado un reconocimiento mundial.
La Conferencia tuvo como objetivo
evaluar los logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer. Estos
mostraron que los objetivos no se habían alcanzado. A fi n de superar los
obstáculos, se elaboraron las Estrategias de Nairobi. Estas contenían una serie
de medidas encaminadas a lograr la igualdad a escala nacional. Se identifi
caron tres categorías básicas de medidas: a) jurídicas, b) igualdad en la
participación social e igualdad en la participación política y c) en la adopción
de decisiones. Se reconoció que la participación de las mujeres en la adopción
de decisiones y la gestión de los asuntos humanos no sólo constituía su derecho
legítimo, sino que se trataba de una necesidad social y política que tendría
que incorporarse en todas las instituciones de la sociedad.
En febrero de 2007, se constituye la ofi cina
de Unifem en Guatemala, como una instancia que desarrolla programas y proyectos
en benefi cio del avance de las mujeres. 10 Políticas públicas sobre mujeres y
equidad de género 1985-2009. Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer La Comisión de Derechos Humanos de
Naciones Unidas elaboró la Declaración sobre la eliminación de la
discriminación contra la mujer, en 1967, ya que los tratados en materia de
derechos humanos de la mujer tuvieron un alcance limitado.
Esta declaración no impuso obligaciones
legales a los Estados. Es por ello que, la Comisión sobre la Condición Social y
Jurídica de la Mujer (CSW), presentó la propuesta para la creación de una
convención de carácter vinculante para prohibir la discriminación contra la
mujer. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación
contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) fue adoptada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1978 y vigente a nivel
internacional el 3 de septiembre de 1979.
Entró en vigor como tratado
internacional, después de haber sido ratifi cado por 20 países. “Este
constituye uno de los principales logros de la Década de la Mujer y un hito en
la historia de los derechos humanos de la mujer”. La CEDAW, fue aprobada por el
Estado de Guatemala mediante el D.o 49-82 y ratifi cada por el Acuerdo
Gubernativo 106-82. La Convención incorporó una defi nición más amplia de
discriminación que la establecida en instrumentos previos.
Esta abarca tanto la igualdad de
oportunidades4 (igualdad de jure), como la igualdad de resultado (igualdad de
facto). Equidad e igualdad no son sinónimos y no son intercambiables. Al igual
que otros tratados de derechos humanos, la CEDAW estableció un comité
supervisor con el fi n de examinar los progresos realizados en la aplicación de
ésta. El Comité Recuadro 1 La participación de las mujeres Aunque existe
consenso que en esta etapa no puede hablarse de la existencia de un movimiento
de mujeres como tal, no signifi ca que no hubiera organizaciones en desarrollo.
La mayoría de éstas se ubicaba en
el interior del país y estaba vinculada a acciones orientadas a la satisfacción
de necesidades básicas insatisfechas, como resultado de los altos índices de
pobreza existentes en el país. Otras organizaciones, nacidas en años anteriores
al recrudecimiento del confl icto armado, continuaron trabajando desde sus
propios espacios en el ámbito nacional: Alianza Cívica de Asociaciones
Femeninas (ACAF), Fundación Dolores Bedoya de Molina, y Tierra Viva, entre
otras.
La defensa de los derechos
humanos fue un tema principal al que estas organizaciones se dedicaron en esta
etapa. En todo caso, aún no se visualizaban los grupos de mujeres con una
perspectiva explícitamente feminista, ni de género. En este contexto, la
participación de las mujeres en la escena nacional y las demandas feministas
quedó “subordinada a la lucha por la democracia o a la lucha por la revolución”
o era vinculada al movimiento revolucionario.
En este ambiente político social,
Guatemala ratifi có en 1982, la Convención sobre la eliminación de todas las
formas de discriminación contra la mujer. Fuente: Gomáriz y Jovel, 2007:60. Equidad
e igualdad de género La equidad de género es el proceso de ser justo con la
mujer y el hombre, para lo cual es necesario que se tomen las medidas que
reduzcan las desventajas y diferencias sociales que impiden a mujeres y hombres
actuar en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la vida social,
económica, política y cultural. La igualdad de género signifi ca que tanto la
mujer como el hombre gozan de la misma condición para ejercer sus derechos
humanos y son libres para realizar su potencial y sus capacidades personales,
así como que puedan tomar decisiones sin limitaciones impuestas por los roles
que tradicionalmente se les asignan.
Es la valoración igualitaria de
parte de la sociedad a las similitudes y las diferencias entre el hombre y la
mujer y a los diferentes roles que ellos juegan. Fuente: elaboración propia con
base en Gender-based Analysis: A guide for Policy-Making, Status of Women,
Canadá, 1996.
Convenio sobre la igualdad de remuneración
(Convenio de la OIT No. 100, 1951;) Convención sobre los derechos políticos de
la mujer, 1953; Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad
mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios, 1962. Después
de la Convención de los derechos del niño, es la convención internacional de
derechos humanos que cuenta con más ratifi caciones.
Es una forma de justicia social que propugna
que un sistema es socialmente justo cuando todas las personas potencialmente
tienen básicamente las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y
poseen los mismos derechos políticos y civiles. Políticas públicas sobre
mujeres y equidad de género 1985-2009 11 está conformado por 23 expertos o
expertas en el área de derechos de la mujer de distintos países. Los países que
ratifi can la Convención tienen la obligación de presentar un informe al
Secretario General de las Naciones Unidas sobre sus esfuerzos en materia de
implementación de la misma.
Los informes deben cubrir medidas
legislativas, judiciales, administrativas y otras que se hayan adoptado para
combatir la discriminación contra la mujer. Guatemala ha presentado ante la
CEDAW siete informes en total. El único mecanismo de supervisión con que
contaba la CEDAW, antes del año 19996 , era la presentación de informes. El
Comité no poseía el mandato de recibir quejas individuales o interestatales.
Por ello la Comisión sobre la Condición de la Mujer adoptó un anexo a la
Convención para ponerla en condición de igualdad con otros tratados de derechos
humanos y para mejorar su implementación. Este tratado es el Protocolo
Facultativo ratifi cado por Guatemala en 2002, el cual se explicará
posteriormente.
Interesante blog, seria bueno que lo compartieran con sus compañeros de clase...
ResponderEliminarGracias por el comentario, lo compartiremos.
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