viernes, 11 de septiembre de 2015

Políticas públicas sobre mujeres y equidad de género en Guatemala 1985-2009


La Organización de las Naciones Unidas anunció, en 1945, su compromiso de trabajar en pos de la igualdad entre hombres y mujeres. Debido al aumento de la brecha entre ambos sexos, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró 1975 como Año Internacional de la Mujer y decidió la realización de una Conferencia Mundial. La I Conferencia Mundial de la Mujer sobre la condición jurídica y social de la mujer (México 1975), proclamó el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer (1976-1985).
En este marco, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó en 1979, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), y emitió la Declaración de México sobre la igualdad de las mujeres y su contribución al desarrollo y la paz. Aprobó un plan de acción mundial que estableció un mínimo de metas para alcanzarlas en 1980, que se centraron en garantizar el acceso equitativo de la mujer a los recursos.
En 1976, la Asamblea General de las Naciones Unidas creó el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem). Éste proporciona asistencia fi nanciera y técnica a estrategias y programas innovadores para luchar por el empoderamiento de las mujeres y la igualdad de género.
La II Conferencia Mundial de la Mujer realizada en Copenhague, Dinamarca en 1980, evaluó el plan de acción mundial de 1975. Se señaló la disparidad entre los derechos garantizados y la capacidad de la mujer para ejercerlos. Para alcanzar las metas de igualdad, desarrollo y paz, la Conferencia estableció tres esferas. Éstas fueron: a) la igualdad de acceso a la educación; b) las oportunidades de empleo; y c) servicios adecuados de atención de la salud.
Exhortó a que se adoptaran medidas nacionales más enérgicas para garantizar el derecho de la mujer a la propiedad y el control de los bienes, así como mejoras en los derechos a la herencia, la patria potestad y la no pérdida de la nacionalidad. También se incitó a que se pusiera fi n a las actitudes estereotipadas en relación con la mujer. Cuando se convocó a la III Conferencia Mundial de la Mujer celebrada en Nairobi, Kenia en 1985, el movimiento a favor de la igualdad entre los sexos había alcanzado un reconocimiento mundial.
La Conferencia tuvo como objetivo evaluar los logros del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer. Estos mostraron que los objetivos no se habían alcanzado. A fi n de superar los obstáculos, se elaboraron las Estrategias de Nairobi. Estas contenían una serie de medidas encaminadas a lograr la igualdad a escala nacional. Se identifi caron tres categorías básicas de medidas: a) jurídicas, b) igualdad en la participación social e igualdad en la participación política y c) en la adopción de decisiones. Se reconoció que la participación de las mujeres en la adopción de decisiones y la gestión de los asuntos humanos no sólo constituía su derecho legítimo, sino que se trataba de una necesidad social y política que tendría que incorporarse en todas las instituciones de la sociedad.
 En febrero de 2007, se constituye la ofi cina de Unifem en Guatemala, como una instancia que desarrolla programas y proyectos en benefi cio del avance de las mujeres. 10 Políticas públicas sobre mujeres y equidad de género 1985-2009. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer La Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas elaboró la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, en 1967, ya que los tratados en materia de derechos humanos de la mujer tuvieron un alcance limitado.
 Esta declaración no impuso obligaciones legales a los Estados. Es por ello que, la Comisión sobre la Condición Social y Jurídica de la Mujer (CSW), presentó la propuesta para la creación de una convención de carácter vinculante para prohibir la discriminación contra la mujer. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 1978 y vigente a nivel internacional el 3 de septiembre de 1979.
Entró en vigor como tratado internacional, después de haber sido ratifi cado por 20 países. “Este constituye uno de los principales logros de la Década de la Mujer y un hito en la historia de los derechos humanos de la mujer”. La CEDAW, fue aprobada por el Estado de Guatemala mediante el D.o 49-82 y ratifi cada por el Acuerdo Gubernativo 106-82. La Convención incorporó una defi nición más amplia de discriminación que la establecida en instrumentos previos.
Esta abarca tanto la igualdad de oportunidades4 (igualdad de jure), como la igualdad de resultado (igualdad de facto). Equidad e igualdad no son sinónimos y no son intercambiables. Al igual que otros tratados de derechos humanos, la CEDAW estableció un comité supervisor con el fi n de examinar los progresos realizados en la aplicación de ésta. El Comité Recuadro 1 La participación de las mujeres Aunque existe consenso que en esta etapa no puede hablarse de la existencia de un movimiento de mujeres como tal, no signifi ca que no hubiera organizaciones en desarrollo.
La mayoría de éstas se ubicaba en el interior del país y estaba vinculada a acciones orientadas a la satisfacción de necesidades básicas insatisfechas, como resultado de los altos índices de pobreza existentes en el país. Otras organizaciones, nacidas en años anteriores al recrudecimiento del confl icto armado, continuaron trabajando desde sus propios espacios en el ámbito nacional: Alianza Cívica de Asociaciones Femeninas (ACAF), Fundación Dolores Bedoya de Molina, y Tierra Viva, entre otras.
La defensa de los derechos humanos fue un tema principal al que estas organizaciones se dedicaron en esta etapa. En todo caso, aún no se visualizaban los grupos de mujeres con una perspectiva explícitamente feminista, ni de género. En este contexto, la participación de las mujeres en la escena nacional y las demandas feministas quedó “subordinada a la lucha por la democracia o a la lucha por la revolución” o era vinculada al movimiento revolucionario.
En este ambiente político social, Guatemala ratifi có en 1982, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. Fuente: Gomáriz y Jovel, 2007:60. Equidad e igualdad de género La equidad de género es el proceso de ser justo con la mujer y el hombre, para lo cual es necesario que se tomen las medidas que reduzcan las desventajas y diferencias sociales que impiden a mujeres y hombres actuar en igualdad de condiciones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política y cultural. La igualdad de género signifi ca que tanto la mujer como el hombre gozan de la misma condición para ejercer sus derechos humanos y son libres para realizar su potencial y sus capacidades personales, así como que puedan tomar decisiones sin limitaciones impuestas por los roles que tradicionalmente se les asignan.
Es la valoración igualitaria de parte de la sociedad a las similitudes y las diferencias entre el hombre y la mujer y a los diferentes roles que ellos juegan. Fuente: elaboración propia con base en Gender-based Analysis: A guide for Policy-Making, Status of Women, Canadá, 1996.
 Convenio sobre la igualdad de remuneración (Convenio de la OIT No. 100, 1951;) Convención sobre los derechos políticos de la mujer, 1953; Convención sobre el consentimiento para el matrimonio, la edad mínima para contraer matrimonio y el registro de los matrimonios, 1962. Después de la Convención de los derechos del niño, es la convención internacional de derechos humanos que cuenta con más ratifi caciones.
 Es una forma de justicia social que propugna que un sistema es socialmente justo cuando todas las personas potencialmente tienen básicamente las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y poseen los mismos derechos políticos y civiles. Políticas públicas sobre mujeres y equidad de género 1985-2009 11 está conformado por 23 expertos o expertas en el área de derechos de la mujer de distintos países. Los países que ratifi can la Convención tienen la obligación de presentar un informe al Secretario General de las Naciones Unidas sobre sus esfuerzos en materia de implementación de la misma.
 Los informes deben cubrir medidas legislativas, judiciales, administrativas y otras que se hayan adoptado para combatir la discriminación contra la mujer. Guatemala ha presentado ante la CEDAW siete informes en total. El único mecanismo de supervisión con que contaba la CEDAW, antes del año 19996 , era la presentación de informes. El Comité no poseía el mandato de recibir quejas individuales o interestatales. Por ello la Comisión sobre la Condición de la Mujer adoptó un anexo a la Convención para ponerla en condición de igualdad con otros tratados de derechos humanos y para mejorar su implementación. Este tratado es el Protocolo Facultativo ratifi cado por Guatemala en 2002, el cual se explicará posteriormente.


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